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Campo de Golf Augas Santas. Foto | Turismo de Galicia
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El Diario Oficial de Galicia, publicó este pasado lunes, 18 de diciembre, un anuncio de la Secretaría Xeral para o Deporte, por el que se notifica el acuerdo de incoación de cancelación registral de miles de entidades deportivas de las cuatro provincias gallegas en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia, si en el plazo de dos meses – a contar desde este lunes- no aportan todos los actos y datos de obligada inscripción que no estuvieran inscritos, esto es la adaptación de sus estatutos y reglamentos a la Lei 3/2012, de 2 de abril, do deporte de Galicia

Entre esta extensa lista, aparecen más de 50 entidades de la zona sur de la provincia de Lugo, entre ellas el; Club Chantada Atlético, Club Deportivo Atletismo Chantada, Sociedad Río Cabe, Sociedad de Pesca Folgoso do Caurel, Club Arqueiros de Boveda, Club Hípico Monforte, Sociedad Deportiva de Cazadores A Barrela, Club de Golf Augas Santas, Club de Lucha Chantada, Agrupación Deportiva Veteranos Monforte, Club Maratón Monforte, Club Piragüismo Monforte, Club de Golf Río Cabe, Moto Club Monforte, Club Deportivo Chantada, Club Peña Celtista Monforte, Club Voleibol Monforte, Club de Deportes Saviñao, Clubs Náuticos de Taboada y Belesar; Club Hípico Cabe, Ferreira Club de Fútbol, Club Baloncesto Monforte, Club Deportivo Sober, Club Deportivo Brollón, Club de Socorrismo Monforte, Asociación Deportiva A Pinguela, Club Ciclista Monforte, Club Piathlón de Monforte, Sociedad Recreativa Boveda, Club de Cazadores de A Pobra do Brollón, Club de Tiro Olímpico Cabe, Sociedad de Cazadores Os Castros de Pantón, etc…

La Secretaria Xeral para o Deporte, dependiente de Vicepresidencia e Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza de la Xunta de Galicia, señala que la citada Lei do deporte de Galicia, establece en su disposición transitoria única la obligación de que todas las entidades deportivas de Galicia adapten sus estatutos y reglamentos a lo dispuesto en esta ley en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor -14 de abril de 2012.

Así como que el Decreto 85/2014, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Entidades Deportivas de Galicia, en su artículo 5.1.b), recoge entre los actos objeto de asentamiento e inscripción en el Registro los estatutos de las entidades deportivas de Galicia y sus modificaciones.

A la vez que recuerda que este decreto regula en su disposición transitoria tercera, que las entidades inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia deberán comunicar al Registro, dentro del plazo de un año desde la entrada en vigor del presente reglamento, -07 de agosto de 2014- todos los actos y datos de obligada inscripción que no estuvieran inscritos.

Por lo que advierte, en el supuesto de que las entidades que figuran en la lista no procedan, en el plazo de dos meses a contar desde este pasado lunes, a adaptar sus estatutos a la Lei do deporte de Galicia, -lo que deberán realizarse obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia-, se procederá a su cancelación registral, que comportará la pérdida del reconocimiento oficial de las entidades inscritas. Por ende, su ‘Derecho’ a percibir subvenciones públicas

Lista de entidades deportivas

Para poder visualizar las entidades deportivas requeridas correspondientes a la provincia de Lugo, pinchar en el siguiente enlace, listado de entidades deportivas, para a continuación ir a la página 124 finalizando en la 170