El Tribunal Supremo, confirma la sanción impuesta a un Guardia Civil del Puesto de Monforte

Como autor de una falta grave consistente en ‘el abuso de autoridad en el ejercicio del cargo’, recoge la sentencia.

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La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, viene de confirmar mediante sentencia de 23 de enero de 2020, la sanción impuesta por el Tribunal Militar Central a un Guardia Civil del Puesto de Monforte de Lemos, que había rebajado de doce a cinco días la perdida de haberes con suspensión de funciones, manteniendo el resto de la resolución sancionadora, como autor de una falta grave consistente en ‘el abuso de autoridad en el ejercicio del cargo’, impuesta por el General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Galicia, en escrito de 16 de diciembre de 2016 y contra la Resolución del Director General de la Guardia Civil, en escrito de 22 de marzo de 2017, por el que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto por el Guardia Civil contra dicha sanción.

Según los hechos probados de la sentencia, el Guardia Civil destinado en el Puesto de la Guardia Civil de Monforte de Lemos (Lugo) el día 29 de octubre de 2016, acudió al recinto donde se ubica el domicilio de un vecino de A Rúa, además de sede e instalaciones de una industria (Bodega)

Esta industria -según recoge la sentencia-, se encuentra con problemas entre sus socios. En concreto, Marino (nombre no real) mantiene una situación de desencuentro con su otro socio en la industria, Moises (nombre no real). En dicho día y en otras ocasiones con anterioridad, venía acudiendo a la bodega el Guardia Civil Aurelio (nombre no real), como enviado del socio Moises, con el que mantiene relación de amistad; accedía al interior del recinto y permanecía allí contra la voluntad del otro socio Marino.

En concreto, el día 29 de octubre de 2016, se presentó el Guardia Civil que vestía de paisano y a quien acompañaba un hijo suyo menor de edad en el lugar. El socio Marino le dice que no le va a dejar entrar; a lo que el Guardia Civil, responde, tras enseñarle su documentación como Guardia Civil, que es mejor que no se meta en problemas, que le manda el Gerente de la Bodega -Moises- a mirar el contador y que va a entrar. Ante tal situación Marino llamó al Puesto a la Guardia Civil de A Rúa (Ourense).

Al poco tiempo se presenta una patrulla de la Guardia Civil a los que él, Marino, dice que quiere denunciar al Guardia Civil Aurelio. La patrulla le dice que para ello debía acudir al Puesto de A Rúa; lo que el Marino hizo inmediatamente.

En relación con lo anterior la Guardia Civil del Puesto de A Rúa, realiza un atestado que entrega en el Juzgado de Instrucción de Guardia de O Barco de Valdeorras (Ourense). Por Auto de 13 de noviembre de 2016, el titular del Juzgado de Primera Instancia de O Barco acordó la incoación de juicio por delito leve, al tiempo que el sobreseimiento y archivo de las actuaciones «toda vez que el delito resulta de escasa gravedad a la vista de la naturaleza del hecho y de sus circunstancias sin que exista interés público en su persecución».

Según la sentencia, «en los diferentes momentos en que el Guardia Civil Aurelio, acudió a la Bodega, en ningún caso presentó documentación que justificara su presencia como mandatario del otro socio Moises, o bajo cualquier otra condición o título privado o mercantil; pero sí se identificaba como Guardia Civil ».

El Alto Tribunal desestima así un recurso de casación interpuesto por el Guardia Civil contra la sentencia dictada por el Tribunal Militar Central, «sentencia que confirmamos íntegramente».

PDF: Descarga en texto íntegro de la sentencia, pinchando aquí