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El ayuntamiento de Guntín viene de aprobar inicialmente el Plan de actuación municipal (PAM) frente a incendios forestales mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la corporación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de diciembre de 2018.

Este acuerdo sale publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo, del día de hoy martes,16 de abril de 2019, con el fin de someterlo al trámite de información publica por un período de veinte días hábiles a efectos de posibles alegaciones. De no formularse reclamaciones en dicho plazo esta aprobación será elevada a definitiva sin más trámites. «Lo que se hace público para general conocimiento y a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar las antedichas alegaciones y reclamaciones», se señala en el anuncio del BOP.

Dos Planes

En materia de incendios, los ayuntamientos pueden tener dos instrumentos específicos: el Plan de prevención, que depende de la normativa en materia de incendios forestales; y el Plan de Actuación Municipal (PAM), que depende de la normativa en materia de Protección Civil. Hay que tener en cuenta que los PAM pueden ser ante incendios forestales, por inundaciones. Son planes de actuación frente a un tipo de emergencia específica.

Los planes de prevención, marcados por la normativa en materia de incendios forestales, pueden incluirse dentro del PAM de incendios forestales si así lo decide el Ayuntamiento, para evitar tener dos documentos distintos sobre el mismo tema.

Hay que tener en cuenta que el Plan de prevención se refiere a temas como las franjas de protección y otras actuaciones de prevención, mientras que el PAM establece cómo actuar ante una posible emergencia (medios propios, evacuación de la población…)

En la provincia de Lugo hay actualmente tan solo 8 ayuntamientos con un PAM ante incendios forestales (en los 8 se incluye Guntín) aprobado por la Comisión Gallega de Protección Civil

En concreto, los Plan de Actuación Municipal (PAM) se elaboran de acuerdo con la normativa estatal (Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales), y con la normativa autonómica (Lei 5/2007 de emerxencias de Galicia) bajo el marco el Plan Especial de protección civil de emerxencia por incendios forestais de Galicia (PEIFOGA)

Por su parte, los Planes de prevención -que podrían incorporarse dentro de los PAM- se elaboran de acuerdo a la Lei 3/2007 de prevención e defensa contra incendios forestais de Galicia. Para la aprobación de este Plan de Prevención y Defensa contra incendios forestales municipal, la Consellería do Medio Rural tiene que emitir un informe preceptivo vinculante para que el ayuntamiento lo pueda aprobar en pleno.

En estos momentos, ningún ayuntamiento de Galicia dispone de este Plan de Prevención y Defensa contra incendios forestales municipal, de ahí que ayer lunes la Conselleria do Medio Rural firmase una addenda al convenio de protección de las parroquias para ayudarles a los municipios a elaborarlo, según explicaron a este diario digital fuentes de la propia Consellería.

La Fiscalía

La Fiscalía esta informado a los ayuntamientos gallegos de zonas con alta incidencia de incendios forestales de que hará un seguimiento de su actuación en esta materia y no descarta abrir una ‘investigación penal concreta’ si estos no cuentan con un plan de prevención de incendios para estas áreas de producirse un incendio forestal.

PDF: Descarga la Guía del Plan de actuación municipal (PAM) frente a incendios forestales, pinchando aquí.