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Foto | Web AEPD
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La directora de la Agencia Española de Protección de Datos viene de imponer una sanción de 1.500 euros a un lucense por publicar en su cuenta de Facebook un vídeo de un Guardia Civil, al que acompañaba el texto: #así es como trabajan estos hijos de puta un sábado a la noche#.

La denuncia que dio lugar a la ahora resolución de la Agencia de Protección de Datos, partió de un puesto de la Benemérita cuya localidad no puede precisar este diario digital, a pesar de realizar esta mañana gestiones ante la oficina de prensa de la Comandancia de la Guardia Civil de Lugo, desde la que se nos contestó que «Consultado el tema me indican que la ley de proteccion de datos nos impide especificar el municipio donde ha tenido lugar el hecho», ni tampoco la localidad del ahora sancionado, si bien podría tratarse de un puesto situado en un ayuntamiento de la zona Sur de la provincia a la vista de la resolución de la AEPD en la que se hace mención a la Comandancia (Compañía) de la Guardia Civil de Monforte de Lemos.

A la denuncia ante la AEPD, se aportaba la captura de pantalla de Facebook del perfil del ahora sancionado en la que se observa el vídeo que se subió a la citada red social y en la que se ve a un agente de servicio junto al comentario vertido por el denunciado: #así es como trabajan estos hijos de puta un sábado a la noche#.

Con posterioridad, según consta en la resolución, figura una diligencia del Inspector actuante de la AEPD, en la que se hace constar que informaciones obtenidas de internet relacionada con la denuncia y en la que se observa un comentario del ahora sancionado señalando que «Bueno pues la guardia civil de B.B.B. me va a denunciar por subir un vídeo». Con fecha 07 de junio de 2017, los mismos Servicios de Inspección de la Agencia acceden al perfil de Facebook del sancionado y comprueban que las imágenes ya se habían retirado.

Hechos probados

Los hechos, según se recoge en la resolución de la AEPD, son los siguientes: «Con fecha 28/02/2017 tiene entrada en la AEPD escrito de la Guardia Civil del puesto de B.B.B. (Lugo), Comandancia de la Guardia Civil de Monforte de Lemos), en el que denuncia a A.A.A. porque ‘Durante el Servicio de Seguridad Ciudadana que prestaban los agentes …, en horario nocturno, nombrado desde las 22:00 horas del día 6 de mayo a las 06:00 del día 7 de mayo, del año 2017, se dispusieron a realizar el descanso reglamentario permitido en las ordenanzas internas del Cuerpo de la Guardia Civil, entre las 01:00 a 01:30 horas del día 7 de mayo, en los exteriores del café-bar C.C.C., sito en la Pza. de España de B.B.B.; con el fin de tomar un refrigerio. Que en dicho lugar se encontró a unos vecinos de la localidad de B.B.B., con los que el Agente…procede a entablar conversación. Posteriormente continúan servicio normal».

«Con fecha 10 de mayo de 2017, amistades del citado Agente…, le comunicaron la existencia de un vídeo en el que salía él, vestido de uniforme y prestando servicio, difundido por Facebook, con el comentario: #así es como trabajan estos hijos de puta un sábado a la noche#. Que tras comprobar el citado video resulta que fue grabado durante el periodo de descanso anteriormente citado. Que dicho video figuraba en el enlace ***URL.1, subido con fecha 8 de mayo de 2017 a las 10:16 horas; el cual fue realizado al agente sin su consentimiento, sin informarlo de que estaba siendo grabado y sin que él mismo se percatase de ello»

«Tras haber realizado las oportunas gestiones sobre la persona que ha difundido el mismo y ha realizado el comentario injurioso, en el que se les llama #hijos de puta# a los Agentes, se comprobó que se trata del denunciado…Se pondrá en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos por si estos actos fueran constitutivos de una infracción…. Sobre la captación por particulares de la imagen de empleados públicos, bien por fotografías, bien por grabación de videos, generalmente a través de teléfonos móviles sin consentimiento de los interesados».

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, la directora de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve imponer una multa de 1.500 euros, por una infracción grave, notificar esta resolución al denunciado y advertir a éste que la sanción impuesta «deberá hacerla efectiva una vez sea ejecutiva la presente resolución, en el plazo de pago voluntario, mediante su ingreso en la cuenta abierta a nombre de la Agencia Española de Protección de Datos en el Banco CaixaBank o en caso contrario, se procederá a su recaudación en período ejecutivo». Aviso a navegantes!!

PDF: Descarga la resolución integra de la AEPD, pinchando aquí