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La sociedad Bicada S. Coop. Galega, con domicilio social en la parroquia soberina de Barantes de Arriba, se enfrenta a la D.O. Ribeira Sacra por la marca nacional figurativa ’22º RIBEIRA SACRA Denominación de Orixe’, para la clase 33 de productos solicitada el 06 de mayo de 2021.

Una vez publicada en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) de fecha 01 de julio de 2021, esta fue objeto de oposición por parte de la DO Ribeira Sacra en base a las marcas nacionales de su titularidad: M2112870 Consello Regulador Ribeira Sacra Denominación de Orixe, M2628450 RS Ribeira Sacra Consello Regulador Ribeira Sacra Denominación de Orixe y M4095310 Ribeira Sacra El Sabor de un Paisaje, así como de la marca comunitaria MUE 005353826 Ribeira Sacra Consello Regulador Denominación de Orixe, todas ellas en relación con la clase solicitada 33 de productos.

Por su parte la Oficina Española de Patentes y Marcas, también aportó su ‘grano de arena’ -reparo de oficio- al considerar que «la marca solicitada se halla incursa, para todos los productos de la clase 33, en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluida del registro en virtud del art. 103.2 del Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que supone el uso directo de la denominación de origen protegida ‘Ribeira Sacra’».

Eso si, el organismo protector señala a continuación, que: «esta prohibición podrá subsanarse: -limitando que todos los productos solicitados se encuentran amparados por la DOP Ribeira Sacra- o excluyendo los mismos de la lista de productos – o eliminando los términos ‘Ribeira Sacra’ del signo solicitado.

También se refleja en el acuerdo de suspenso de fondo,publicado en el BOPI del día de hoy– las observaciones de un tercero basadas en los artículos 5.1.g),h) y 5.1.f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre, respecto a las prohibiciones absolutas.

Desde hoy la cooperativa soberina dispone de un mes de plazo para contestar a este suspenso de fondo, incluso puede pedir previamente una prueba de uso de las marcas de la DO Ribeira Sacra oponentes.