La Xunta alega contra la intención del Gobierno de obligar por ley a esterilizar a los perros de caza

La Xunta también hizo constar su desacuerdo con que se exija una licencia de caza para poder ser titular de un perro destinado a este tipo de actividades.

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La Xunta de Galicia acaba de presentar alegaciones contra la intención del Gobierno central de introducir por norma el deber de esterilizar a los perros que se dediquen a desarrollar actividades cinegéticas, una de las novedades incorporadas en el anteproyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales, actualmente en tramitación. Este fue uno de los asuntos que se abordaron este lunes durante el Comité galego de caza, en el que la directora xeral de Patrimonio Natural, Belén do Campo, expuso las principales alegaciones hechas al texto normativo en relación a aspectos de interés para el sector.

En este sentido, la responsable autonómica explicó que según el artículo 42.3 del anteproyecto, aquellos perros que desarrollen y sirvan de apoyo durante la actividad cinegética deberán ser esterilizados en todo caso ya que en el ejercicio de sus funciones estarán en contacto con ejemplares de distinto sexo y no será posible mantenerlos separados entre sí. Este deber, como indicó, supone un perjuicio para sus dueños, por lo que la Xunta solicita al Gobierno central que introduzca «unha excepción» en la futura norma, tal y como sí prevé en el caso de los perros de pastoreo y manejo del ganado.

Aprovechando que en el Comité galego de caza están representadas las principales asociaciones de cazadores y otros grupos ligados al sector, así como las organizaciones relacionadas con la conservación de la naturaleza, Do Campo indicó que en el marco del trámite de audiencia de la ley estatal la Xunta también hizo constar su desacuerdo con que se exija una licencia de caza para poder ser titular de un perro destinado a este tipo de actividades.

De hecho, argumentó que este requisito choca con la propia Ley de caza de Galicia, que «no exercicio das competencias exclusivas» que tiene asumidas la Xunta en la materia, señala que existen cometidos dentro de las acciones cinegéticas que no implican necesariamente la posesión de una licencia, como es el caso de los observadores, auxiliares o acompañantes.

Establecimiento períodos hábiles por especies

En otro orden de asuntos, durante la reunión se analizaron también las propuestas del sector a tener en cuenta respecto de las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales para cada especie de cara a la temporada 2022-2023.

Así, el período hábil general abarcará de 16 de octubre de este año hasta el 6 de enero de 2023, y las jornadas durante las que se permitirá el ejercicio de la caza serán los jueves, los domingos y los festivos de carácter estatal o autonómico.

Para las distintas especies de caza menor, en el caso de la becada o arcea, el período general irá también de 16 de octubre a 6 de enero del año que viene —aunque podrá ampliarse hasta el 12 de febrero en terrenos de régimen cinegético especial (RCE) que lo soliciten— los jueves, domingos y festivos. Para la liebre, la temporada se extenderá de 16 de octubre a 27 de noviembre de 2022, los jueves, domingos y festivos en terrenos de RCE.

Caza mayor: corzo y jabalí

En lo relativo a las especies de caza mayor, los machos adultos de corzo podrán capturarse en terrenos en régimen cinegético común entre el 20 de agosto y el 15 de octubre, los sábados en batida/montería, y todos los días de la semana en la modalidad de acecho.

Las hembras adultas de corzo permanecen vedadas con carácter general, permitiéndose su caza puntual por daños y también en los tecores si está técnicamente justificada de acuerdo con la situación real de la población en cada tecor, pudiendo escogerse entre dos períodos (del 03/09/2022 al 15/10/2022 o del 07/01/2023 al 18/02/2023).

Por lo que respecta al jabalí, en el régimen cinegético común el período general de caza abarcará del 20 a 31 de agosto y de 7 de enero a 26 de febrero de 2023, los jueves, sábados, domingos y festivos; y de 1 de septiembre de 2022 a 5 de enero del próximo año los sábados, en las modalidad de batida, montería y espera. Asimismo, en el régimen cinegético especial la temporada irá de 20 de agosto a 26 de febrero de 2023, los jueves, sábados, domingos y festivos en las modalidades de batida, montería y espera.

Todas las sugerencias tratadas en el Comité galego de caza, en todo caso, serán evaluadas por la Dirección Xeral de Patrimonio Natural para su incorporación, si procede, en la resolución anual por la que se regulará el ejercicio de la actividad en la temporada 2022-2023.

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