Martínez Mareque registra la marca ‘Viticultura Heroica’ para vino y restauración

Previsiblemente cuente con la oposición de la ganadora del Premio Planeta 2016 Dolores Redondo Meira, titular de la marca Heroica.

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El empresario monfortino José Ramón Martínez Mareque, solicitó el pasado 19 de noviembre de 2020, ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) la marca nacional denominativa ‘Viticultura Heroica’, para las clases 33 y 43 de productos/servicios. La primera ampara ‘bebidas alcohólicas excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas‘ (por ejemplo vino) y la segunda ‘servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal’.

Tras su presentación ante la OEPM, en la prueba de examen previo a su publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) se comunicó, a título informativo, a titulares de derechos anteriores con la denominación ‘Heroica‘, tal solicitud.

Ganadora del Premio Planeta 2016, Dolores Redondo.

Entre estos titulares de derechos anteriores figura la empresa Viñas de Belesar, S.L. con domicilio en Rúa Monforte 9, de la ciudad de Lugo, solicitante de la marca ‘Vid Heroica’ (clase 33) y la restauradora y escritora, ganadora del Premio Planeta 2016 y del 66.° Premio Bancarella 2018 por la novela ‘Todo esto te daré’, María Dolores Redondo Meira, que tiene concedida y en vigor la marca ‘Heroica’ para bebidas alcohólicas (clase 33) quien ya se opuso a la solicitud de registro de la marca ‘Vid Heroica’ y ahora probablemente se oponga también a la marca solicitada por Martínez Mareque, por contener el vocablo ‘Heroica’, en clara referencia a un territorio concreto como es la Ribeira Sacra.

La solicitud de registro de la marca ‘Viticultura Heroica’, presentada por el empresario monfortino José Ramón Martínez Mareque, sale publicada en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) de este miércoles día 20 de enero, por lo que a partir de hoy, tanto la empresa Viñas de Belesar, S.L. como la escritora Dolores Redondo Meira, así como el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeira Sacra, u otros terceros, tienen dos meses para presentar oposición a esta solicitud de la marca ‘Viticultura Heroica’. Permaneceremos atentos.

La Diputación se queda sin la marca ‘Reserva da Biosfera Terras do Miño’, para vino

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeira Sacra, viene de obligar vía recurso de Alzada a la Diputación Provincial de Lugo, que preside el alcalde de Monforte de Lemos, el socialista José Tomé Roca, a retirar la marca ‘Reserva da Biosfera Terras do Miño’, para la clase 33, (vinos).

El organismo provincial solicitó el pasado 13 de enero de 2020, un abanico de productos/servicios, incluidos en 25 clases, de la marca nacional figurativa ‘Reserva da Biosfera Terras do Miño’ siendo concedidas todas ellas por la OEPM, aunque cinco de ellas lo fueron con limitaciones, el 07 de septiembre de 2020 (BOPI de 14 de septiembre de 2020).

Entre estas concesiones se encontraba la clase 33, a pesar de presentar el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Ribeira Sacra, observaciones basadas en el artículo 5.1 de la vigente Ley de Marcas, contra la misma en el periodo de tramitación. Tras su concesión, el CRDO Ribeira Sacra, interpuso un recurso de Alzada pidiendo la denegación de la mencionada clase 33, recurso este que fue estimado por considerar, literal, que:

«..Que el artículo 5.1.h) de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de marcas establece que:

1. No podrán registrarse como marca los signos siguientes:

h) Los excluidos de registro en virtud de la legislación nacional o de la Unión o por acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o el Estado español, que confieran protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas.”

En cuanto a la ratio legis de esta prohibición se intenta evitar el uso indebido de una DOP/IGP para servicios o productos que no cumplen con las especiales características o calidad atribuidas a las DOP/IGP a las que hacen alusión, protegiendo de esta manera de un lado, a los consumidores en el sentido de que no se vean perjudicados en sus decisiones de consumo, y de otro, a los productores que realizan un esfuerzo de acomodarse a las normas y controles establecidos por los respectivos pliegos de condiciones. De este modo se pretende garantizar la calidad o características que se espera de los productos que llevan legalmente esas indicaciones.

La nueva redacción de la Ley de Marcas de este apartado aprobada mediante el Real Decreto-Ley 23/2018 supone una importante novedad respecto a la anterior redacción de la LM ya que quedan protegidas todas las DOP /IGP de productos agroalimentarios, vinos, bebidas espirituosas y productos vitivinícolas aromatizados nacionales, de la Unión Europea y de terceros países con los que la Unión Europea o España tenga suscrito un acuerdo en aquellos supuestos donde el signo solicitado consista o contenga una DOP/IGP

En consecuencia, se acuerda la ESTIMACIÓN del Recurso interpuesto, anulando la resolución recurrida y acordando la DENEGACION del registro en la clase 33 recurrida y manteniendo la situación jurídica del expediente en relación con las clases que no han sido objeto del recurso..». Es decir las 24 clases restantes.

La estimación de este recurso sale publicada en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial (BOPI) de este miércoles 20 de enero de 2021. Foto | turismo.ribeirasacra.org